La Cámara Baja provincial aprobó este miércoles un proyecto de Ley destinado a regular la tenencia, crianza y adiestramiento de perros potencialmente peligrosos. La iniciativa, autoría de los senadores Melchiori y Díaz, tiende a regular la tenencia, crianza y adiestramiento de estos animales.

En cuanto a la iniciativa –presentada por los senadores Eduardo Melchiori (Islas del Ibicuy) y Horacio Díaz (San Salvador)- apunta a que la crianza de los canes denominados potencialmente peligrosos sea compatible con la seguridad de las personas e incorpora pautas en torno a la tenencia, entre otras cosas. Una vez entrada en vigencia esta norma, cada municipio deberá regular su aplicación mediante ordenanzas.
La flamante Ley define como potencialmente peligrosos a aquellos perros que estén incluidos dentro de una tipología racial que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas, a otros animales, y/o provoque daños a los bienes. Entran también en este margen de peligrosidad, los animales que hayan evidenciado antecedentes de agresión hacia personas, otros animales o bienes –constando las denuncias del caso-, cualquiera sea su raza.
Por otra parte se establece la obligatoriedad para los dueños de los canes, de obtener una licencia administrativa renovable anualmente y que será otorgada por los municipios tras cumplir con ciertos requisitos, como: ser mayor de edad; no tener condena penal o por infracciones en la tenencia de animales; acreditar una cartilla sanitaria y contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros. Se establece también que los municipios creen registros con los datos de cada tenedor.

En cuanto a medidas de prevención, el texto se destaca la seguridad de los inmuebles donde los perros se alojen y la señalización. Se establece la prohibición de transitar con perros sueltos y hasta se prevén sanciones para quienes no adopten las medidas necesarias para evitar que el animal pueda escaparse.

En el artículo 10 de la propuesta sancionada, se prohíbe el adiestramiento de animales con fines de acrecentar y reforzar su agresividad para ataque, defensa o cualquier otro fin; aclarándose que esto no abarca a los animales que pertenecen a las fuerzas de seguridad.

Finalmente, en el Anexo I del proyecto se enumeran las razas consideras de alto riesgo o peligrosas: Akita Inu; American Staffordshire; Beauceron; Boerboel; Bullmastif; Bull Terrier; Ca de Bou; Cane Corso; Cao da Serra da estrella; Cimarrón del Uruguay; Doberman; Dogo Argentino; Dogo de Burdeos; Fila Brasileño; Gran Danés; Gran Perro Japonés; Mastín Napolitano; Mastín Español; Mastín de los Pirineos; Ovejero Alemán; Pit Bull Terrier; Presa Canario; Rottweiler; Staffordshire; Bull Terrier; Schanuzer; Tosa Inu.

(La Nota digital)

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