Desde el Instituto Provincial de Discapacidad (IProDi) se han difundido una serie de medidas que promueven la accesibilidad electoral para los comicios del 23 de octubre en todo el territorio nacional, elaborados por la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior.
La accesibilidad electoral es el conjunto de medidas, procedimientos y normativas que tienen por finalidad promover el pleno e integral acceso de la población a los múltiples aspectos que constituyen el proceso electoral.
Se dirige tanto a las personas con discapacidad -motriz, sensorial, mental o visceral-, como a aquellas que presenten limitaciones que interfieran su desplazamiento, visión, orientación y comunicación. Estas limitaciones pueden ser de características permanentes o temporales, visibles o invisibles. En este sentido, se dirige también a adultos mayores, mujeres embarazadas, personas con discapacidades invisibles: cardiopatías, pacientes en diálisis o en tratamientos oncológicos, entre otras.
Desde la dirección del IProDi se destacó la importancia de estas acciones, pues “llevan a las personas con discapacidad a un posicionamiento distinto, al de ciudadanos con derechos y obligaciones iguales a las de todos”. Se indicó que “el próximo 23 de octubre, tendremos las primeras elecciones nacionales accesibles y eso es un gran paso en el proceso de construir ciudadanía que se lleva adelante desde el Estado”.
Ante cualquier inconveniente los delegados judiciales o el personal de seguridad de cada establecimiento educativo estarán capacitados para orientar y facilitar a las personas con discapacidad la emisión del voto. En este sentido, se estimula a los ciudadanos con discapacidad que participarán de los comicios que aborden a los mismos y con paciencia puedan explicar su necesidad.
Entre las acciones que se han estimado para garantizar las elecciones accesibles se encuentran:
El Cuarto Oscuro Accesible (COA), está destinado al sufragio de personas con movilidad reducida, entre ellos, adultos mayores y mujeres embarazadas, personas ciegas o con disminución en su capacidad visual. El mismo, será habilitado en el espacio de más fácil acceso y más cercano al ingreso del establecimiento, contará con señalización para que pueda ser fácilmente identificado y podrá ser exclusivo o tratarse de un cuarto común.
Dispositivo para el Voto de Personas Ciegas, cada COA dispondrá de un Dispositivo para uso de personas ciegas o con disminución en su capacidad visual, que consiste en un portaboletas plástico con bolsillos que contienen las boletas de los candidatos. Cada bolsillo cuenta con una etiqueta en relieve con el número que identifique a cada agrupación política, permitiendo al elector ubicar, mediante el tacto, la boleta que desee seleccionar.
Se recuerda que para poder votar hay que estar inscripto en el padrón y presentarse con el documento que figura allí o con una versión posterior.
(DGIP)













