El Consorcio Nacional por los Derechos Reproductivos y Sexuales (Conders) que participó en la impugnación de Raúl Tomaselli, por haber “judicializado” el caso de la niña de 11 años abusada y embarazada, respondió a la misiva enviada hoy a la comisión de Asuntos Constitucionales del Senado, por el Defensor General, Maximiliano Benítez y el Procurador Jorge García, defendiendo al juez en cuestión.

Las organizaciones afirman que Tomaselli “no usó el método de Cámara Gessel”, para escuchar a la niña y tampoco “ganó el concurso de juez”. Responsabilizan al Poder Judicial por los “posibles daños que la nena pudiera tener” al continuar con el embarazo.

En un comunicado de prensa, enviado luego de conocerse las declaraciones de los funcionarios judiciales a favor de Tomaselli, desde el Conders cuestionaron que el Juez de Concordia “decidió no utilizar la Cámara Gesell” y aclararon que las organizaciones respetan “la decisión de la progenitora” de dar marcha atrás con el pedido de interrupción del embarazo de la niña, “lo que hacemos es criticar al juez, no cuestionar la decisión de la madre”, sostuvieron.

“El daño psicológico que tiene este niña, mensurable a corto y mediano plazo, también es responsabilidad del Poder Judicial pero también lo serán por el daño físico si llegara a producirse”, alertaron.

Además, expusieron las contradicciones que tiene el mismo comunicado en defensa de Tomaselli, firmado por García y Benítez: “Es muy reconfortante comprobar que magistrados como Uds. piensan y sostienen lo mismo que las distintas organización sociales hemos dicho y seguimos diciendo desde el primer día”, argumentaron. Por eso, “también nosotras… enfáticamente calificamos como un insulto falaz de grosera injusticia que Uds. no le hayan hecho saber esto a Tomaselli para no judicializar el aborto no punible, ya que él mismo debió abstenerse de participar en lo relacionado a la práctica del Aborto permitido por el Art 86 del C.P.N, lo cual de ninguna manera significa un `rebote´, dado que lo que hicieron los médicos fue un acto de abandono de paciente si se quiere, configurando una mala praxis en tanto y en cuanto no realizaron una práctica contemplada en la ley y por lo tanto sin riesgo para ellos”, consideraron.

“Además entendemos perfectamente que…ya que nos hallamos ante una víctima de un ilícito penal, Tomaselli debería haber intervenido sólo en ese aspecto para hacer Justicia con la Victima, o sea la niña de 11 años violada y embarazada”, sostuvieron.

“Y esta decisión, [retirar el pedido de autorización]… en el marco de la autodeterminación ciudadana, no puede soslayarse y menos excluirse”, opinaron.

“Nuevamente, compartimos plenamente estos términos por eso jamás cuestionamos la decisión de la madre de la niña, criticamos al juez que judicializó un aborto no punible”, manifestaron.

“Por último también compartimos con Uds. que Tomaselli… ha actuado dentro del marco legal no disponible, si hubiera actuado conforme al marco legal disponible ni siquiera lo hubiésemos tenido en cuenta”, alegaron.

Finalmente, desde el Conders afirmaron que “el abogado Tomaselli no ganó el concurso salio segundo”, y en el mismo comunicado, enviado a la agencia APF, citaron la página judicial que oficializa este resultado. http://www.entrerios.gov.ar/magistratura/res455cmer.html

(La Nota digital)

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