El Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos reabrirá en abril la suscripción que podrá efectuarse durante los primeros 15 días hábiles.

Desde la puesta en funcionamiento del registro de adoptantes, luego que la ley provincial Nº 9985 de septiembre de 2010 diera el marco para su creación, el organismo se encarga de centralizar las altas realizadas por parte de quienes desean acceder a una filiación adoptiva.

Años atrás, esta tramitación se realizaba en los distintos juzgados o defensorías, según modalidades de cada localidad. En la actualidad, el total de inscriptos regulares al nuevo centro de datos es de 305, de los cuales nueve corresponden a lo que va de 2012, según se informó desde la dependencia oficial.

Desde el funcionamiento del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (Ruaer), en abril de 2011 y hasta febrero de este año, ya son 38 los menores que cuentan con declaración de preadoptabilidad, de acuerdo a lo comunicado por los distintos Juzgados con competencia en Familia en la provincia.

Mientras que suman 25 las sentencias de Guarda Preadoptivas y vinculaciones realizadas con familias informadas por el Ruaer. Esto es, la cantidad de relaciones establecidas entre un niño y una familia adoptante, que es evaluada por un juzgado interviniente para analizar el proceso y la adopción definitiva.

“Se cita a los inscriptos por perfil adoptivo amplio, y por la fecha de inscripción. En este momento es el turno de los que se inscribieron en 2007, y ya en aproximadamente dos meses comenzarían a evaluarse las solicitudes de 2008”, indicó la secretaria del Ruaer, Lorena Calí.

Desde el organismo, se informó que como parte de las líneas de acción fijadas se continúa con la sensibilización de familias para la adopción de niños, niñas y adolescentes mayores de 12 años, grupos de hermanos y con patologías. Esta tarea, que se viene realizando desde 2011, ha dado buenos resultados.

“Ha sido muy satisfactoria la respuesta respecto de la sensibilización, aunque falte todavía. La situación de los niños con patologías en este sentido sigue siendo más compleja; pero de 8 años para arriba, las repercusiones han sido buenas”, indicó la secretaria.

Cali señaló que “la idea de adoptar se asocia mucho a la idea del bebé, del niño de corta edad y la verdad es que para el poco tiempo que estamos funcionando, haber tenido estos logros con la adopción de chicos de 8 en adelante, de grupos de hermanos, es un buen aliento para seguir poniendo el esfuerzo en esto”.

Para eso se encuentran definiendo por estos días, la nueva programación de talleres de sensibilización a desarrollar en toda la provincia. “Es una línea de trabajo que se realiza en todo el país. Se busca instalar en la gente la importancia de relacionar la adopción a situaciones de niños más grandes, o a situaciones más complejas de salud o de hermanos”.

Requisitos

La inscripción en el Ruaer es personal. Para iniciar el trámite se debe cumplir con determinada documentación, que puede consultarse la página web del registro.

En el resto de las localidades, el asesoramiento o la búsqueda de formularios debe realizarse en las Defensorías civiles de cada lugar.

Además de los formularios de inscripción y complementarios, que deberán completarse de acuerdo a la situación de quienes tienen la pretensión de adoptar, se deberá acreditar la identidad con documento de identidad; libreta de familia para dar cuenta del estado civil en caso de estar casados; partida de nacimiento de hijos, en caso de haberlos; recibo de sueldo para demostrar la ocupación y en caso de no haber relación de dependencia podrá adjuntarse la inscripción en AFIP o declaración jurada de Rentas; y boleta de algún servicio que dé cuenta del domicilio actual.

Según se informó, se deberá cumplir con dos requisitos que dependen de gestiones con otros organismos: el Registro de Deudores Alimentarios, para conocer la situación de la persona y un informe que debe gestionarse en el juzgado de competencia, que informe sobre la existencia o no de medidas cautelares respecto de presencia de violencia familiar o contra la mujer, en contra de los solicitantes. En caso de no haber podido solicitarlos, el Ruaer el que se encargará de gestionarlos.

Cabe destacar que la solicitud puede ser iniciada por personas solas, cualquier tipo de matrimonios y también parejas que no tengan vínculo jurídico de por medio, aunque, en este caso, el vinculo filiatorio adoptivo se va a poder concretar respecto de uno de los miembros de la pareja.

Fuente: APF

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(La Nota digital)

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