Presentó un Protocolo de actuación para todos los centros sanitarios provinciales cuyo objetivo final es defender la Vida desde su concepción y respetar los derechos de la madre y del niño. Sostiene además, que el fallo del máximo órgano judicial “no tiene ninguna aplicación”.

El senador provincial, Eduardo Melchiori (Islas – PJ) presentó este martes, un proyecto de leypara establecer un Protocolo de acción ante una solicitud de aborto. El mismo regiría tanto para hospitales y centros de salud de la provincia, ya sean públicos o privados.

Según argumenta el legislador: “Para velar por el resguardo de toda vida, y fundados en la incertidumbre que existe en la Provincia al respecto, se impone el dictado de una ley que aclare, en el marco del ejercicio del “Poder de Policía de Salubridad”, el papel de los profesionales de la salud ante la solicitud de una persona de que se le practique un aborto.

Melchiori aclara que, “no se pretende con la presente reglamentar los artículos del Código Penal ni modificar el texto de dicha norma, esta Provincia es consciente de las limitaciones impuestas por el sistema representativo, republicano y federal que nos rige. No obstante, ese sistema sí permite a esta Provincia legislar en materia de forma (Código Procesal Penal) y en lo que haga a la administración de salud”.

De acuerdo a los fundamentos del proyecto, los procedimientos que han de seguirse –según se esgrime en el articulado- en los centros de salud de la Provincia a los fines de preservar los derechos de los menores y de los incapaces, se hace mediante una Ley del Congreso Provincial para que no pueda ser modificada por la autoridad ejecutiva de turno y para que sus disposiciones sean constitucionales, ya que modifica, aunque indirectamente, ciertos aspectos del proceso penal local.

“El derecho a la vida desde la concepción es algo que los profesionales de la salud deben proteger con todo su arte. No se comprende, por tanto, que practiquen o colaboren con una práctica que su mismo arte reconoce como un acto de privarle la vida a un ser humano” considera el senador quien también es médico. En este sentido, y haciendo referencia a otra parte de su propuesta indica que, “la legislación Nacional y Provincial impelen a imponer sanciones (…) a los profesionales que no respeten la vida desde la concepción y no sigan los criterios de prudencia médica que han sido establecidos en esta ley”.

Por otra parte, Melchiori considera que a la Mujer no se la informa debidamente acerca de los efectos colaterales que se suscitan luego de abortar. “Existen muchas cosas que no se dicen sobre el aborto y resulta importante que en la Provincia se vele por la salud desde un punto de vista integral. La provincia no compra eslóganes publicitarios de sectores interesados en que esto salga adelante;aquí analizamos realmente los intereses en juego y se vela por la salud de todos los sujetos intervinientes. Se oculta ordinariamente a las mujeres las consecuencias de realizar el aborto, pues los médicos sabemos que las tienen, físicas y psicológicas”.

En referencia a si el Código contempla el caso de toda mujer violada o sólo el caso de las mujeres idiotas o dementes, el representante de Islas dice que, “por más que existan intereses particulares que pretendan inconstitucionalmente extender el significado literal e histórico del artículo ello no puede ser. El cualquier persona no ideologizada, la gente común, al leer ese artículo entiende que se refiere sólo al caso de la mujer idiota o demente y así lo quisieron poner los legisladores históricos”. Además afirma que,“para eximirse de toda responsabilidad, los médicos deberán exigir a las personas la denuncia, no ya la autorización judicial, sino la denuncia ratificada para que el caso se judicialice y las autoridades judiciales puedan intervenir (…) y para que el abusador pueda ser investigado”.

Complementando lo consignado en el párrafo anterior, se establece que: “A los fines de determinar la persona que ha cometido el acto de abuso, se impone la exigencia de que el fiscal tome noticia de la denuncia y las demás circunstancias del caso y pueda hacerse con el feto.

La iniciativa presentada por el legislador, también hace alusión a la Objeción de Conciencia individual y/o institucional, “y ampliar para la Provincia los términos del artículo 10 de la ley 25.673”: Las instituciones privadas de carácter confesional que brinden por sí o por terceros servicios de salud, podrán con fundamento en sus convicciones, exceptuarse del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso b), de la presente ley. “Nos parece importante que no sólo por cuestiones de carácter confesional una persona o institución pueda negarse a realizar estas prácticas, puede haber simples convicciones individuales o incluso científicas” manifiesta Melchiori en su escrito.

Sobre el fallo de la Corte el presidente de la Comisión de Salud afirmó: “Los fallo se aplican al caso concreto, no son leyes, pero además este por los términos en los que se expresa en el llamado “RESUELVO” es claramente una opinión, no más que eso. Es más en este caso la resolución adolece de nulidad porque el tribunal se abroga facultades legislativas y exhorta pretendiendo avasallar el sistema republicano. Si quieren legislar que se presenten a elecciones como nosotros y que la gente los elija”. Y luego aclaró: “… es una mera opinión, y como tal hemos tomado aquellos aspectos que nos parecieron útiles como el guardar el feto, la necesidad de referirse a la objeción de conciencia y el mecanismo para la resolución de conflictos.”

Finalmente, el senador resalta la importancia de dar criterios a todos los centros sanitarios para actuar en casos de solicitud de aborto. “Esta exigencia viene impuesta por la misma práctica médica, por el mismo ejercicio de la medicina y jurídicamente se encuentra fundada en los argumentos que fundan esta misma ley: La Constitución Nacional, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, la Constitución Provincial y el mismo juramento hipocrático” sentenció.

En Córdoba, el gobierno reconoce el fallo de la CSJ

La guía provincial para la atención de abortos no punibles que dio a conocer el Gobierno de Córdoba el viernes pasado, ya comenzó a generar repercusiones y a abrir la polémica en esta materia en la Legislatura provincial, indica el diario La Voz.

En el bloque del Frente Cívico, el legislador Carlos Roffé solicitará el tratamiento de un proyecto de declaración en el que pide al Ejecutivo provincial que deje sin efecto la resolución del Ministerio de Salud de Córdoba por la que se crea el instructivo provincial, y que en su lugar se adopte para los hospitales provinciales el protocolo elaborado por la cartera sanitaria nacional.

Roffé fundamenta su postura en que la guía provincial “fija recaudos o requisitos que vulneran los derechos de privacidad, confidencialidad, preservación de los datos personales e intimidad de niñas y adolescentes”, al exigir en las menores de 18 años la notificación a la Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf), y en las menores de 13 la intervención obligatoria de ese organismo provincial.

También objeta que el instructivo provincial establece como requisito el consentimiento de los padres, “lo que podría interpretarse que se necesita el de ambos y no de uno solo”.

En la otra vereda, Aurelio García Elorrio, de Encuentro Vecinal Córdoba, presentó un proyecto de ley también para dejar sin efecto la resolución ministerial sobre aborto no punible, por considerar que vulnera la prohibición de la ley provincial 6.222, respecto a la realización de prácticas médicas que tengan por objeto directo el aborto desde la concepción hasta el nacimiento.

Para García Elorrio, la guía provincial es “una verdadera autorización para matar indiscriminadamente seres humanos ya concebidos bajo el solo paraguas de una declaración jurada”, lo que a su criterio, “traerá aparejado una inmensa fabricación de violaciones”.

Por otra parte, el presidente del bloque radical, Luis Brouwer de Koning presentó un proyecto en el que solicita la comparecencia del ministro de Salud, Carlos Simon, a la comisión de Salud Humana, para coordinar y compatibilizar el protocolo provincial con el nacional.

“Por la situación problemática que generaría la aplicación de distintos protocolos, es necesario consensuar la metodología y la aplicabilidad de un protocolo provincial”, sostuvo el legislador.

Psicólogos a favor del fallo

El Colegio de Psicólogos de la Provincia consideró un avance la sentencia de la Corte Suprema de la Nación que permite el aborto en todos los casos de violación.
La entidad destacó que la guía provincial de abortos no punibles respeta los derechos de las mujeres que fueron violadas, de las que quieren preservar su salud o su vida, y de las discapacitadas abusadas, aunque advierte que las modificaciones en relación al protocolo nacional generan algunos interrogantes. Entre ellos, destacan la confidencialidad, al tener que informar a la Senaf en las menores de 18 años.
Entre sus principales puntos, la guía provincial señala que no será necesaria la denuncia ni la orden judicial en casos que encuadren como abortos no punibles, y que sólo se requerirá una declaración jurada de la mujer violada. También que será necesario el consentimiento informado, y que en las menores de 18 años se requerirá consentimiento de los padres y se informará a la Senaf. Contempla la objeción de conciencia personal de los profesionales (por escrito) y que el plazo para realizar el aborto no deberá superar los 10 días.

Diferencias

Sin denuncia. Entre sus principales puntos, la guía provincial señala que no será necesaria la denuncia ni la orden judicial en casos que se encuadren como abortos no punibles.

Consentimiento. También será necesario el consentimiento informado, y en las menores de 18 años se requerirá consentimiento de los padres y se informará a la Senaf.

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(La Nota digital)

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