Hay tres policías imputados. El tribunal de la Sala II de la Cámara del Crimen de Paraná dará a conocer este martes a las 12 la sentencia en la causa que investiga la desaparición de Elías Gorosito.
El Ministerio Público Fiscal y los representantes de la querella solicitaron que a los tres imputados se los juzgue por el delito de sustracción y ocultamiento de persona, considerando respectivamente que Lisandro Rodríguez, Diego Salvador y Jesús Salvador López deben recibir la pena de 10 y 12 años de prisión.
«Estos hechos tienen en miniatura la misma estructura que los delitos de lesa humanidad. El molesto es la misma figura que el subversivo; y Gorosito lo era», sentenció en los alegatos el fiscal Leandro Ríos ante el tribunal, integrado por Marcela Badano, Marcela Davite y Hugo Perotti.
«El caso Gorosito tiene una adecuación típica perfecta con el artículo 142 inciso ter del Código Penal», subrayó por su parte el abogado querellante Rubén Pagliotto refiriéndose a la «desaparición forzada de personas», aunque aclaró que, como esa modificación es posterior al momento de los hechos, la solicitud de pena se adecua al marco normativo vigente en febrero de 2002, según publicó Análisis Digital.
Los hechos
A las 9 de la mañana del 13 de febrero de 2002 Zárate y Gorosito se dirigieron al Barrio Mosconi, donde caminaron por su calle principal. En ese momento irrumpió en el lugar el móvil 97 de la Comisaría Quinta. Zárate alcanzó a observar que del vehículo bajaron dos o tres tripulantes, que obligaron a Gorosito a colocarse contra la pared y lo golpearon con una Itaca.
Al ver que se llevaron a su compañero, fue al domicilio de los Gorosito para avisarle a la madre del joven lo sucedido, quien se dirigió de inmediato a la Comisaría Quinta con el objetivo de averiguar el paradero de su hijo. Allí le habrían dicho que no hubo ninguna detención, por lo que más tarde ambos resolvieron acudir a los medios de comunicación para que el caso tome relevancia y poder encontrarlo. «Jamás nos imaginábamos que iba a desaparecer», expresó el testigo, quien afirmó que «nunca más se lo volvió a ver».
Dos testimonios reforzaron el relato de Zárate. Jesús González, quien al momento de los hechos tenía sólo 14 años, vio desde la puerta de su domicilio cómo un móvil policial levantó a un individuo en la esquina de la Escuela Esparza, brindando detalles que coinciden con la descripción del compañero de Gorosito. Nora Barrios también presenció la detención, que en su momento le produjo un quiebre emocional ya que «no parecía un procedimiento normal».
El fallo de la Procuración General
Barrios no fue incluida como testigo en el primer juicio oral que se realizó en 2004 por el mismo hecho. Su omisión motivó la apelación por parte de la familia Gorosito del fallo que absolvió a los tres policías que tripulaban el patrullero. La Procuración General de la Nación ordenó hacer lugar a su queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto el pronunciamiento apelado, por lo que instó que se realice un nuevo juicio.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la sola disidencia de Carmen Argibay, compartió e hizo suyos «los fundamentos y conclusiones del señor Procurador Fiscal», Eduardo Enrique Casal. El Procurador consideró que el fallo se sustentaba en afirmaciones dogmáticas, ya que se había rechazado la posibilidad de incluir a la testigo clave que relató haber visto a Gorosito -quien entonces contaba con sólo 19 años- en el momento en que era llevado por las fuerzas de seguridad.
Fuente: radio LT14
(La Nota digital)













