La ONG destacó la implementación de la norma que brinda protección al monte nativo de la provincia. Cuestionaron el proyecto aprobado y la poca participación ciudadana.
En la sesión del martes por la noche y en rápido tratamiento la Cámara Alta de la legislatura entrerriana dio sanción definitiva a la Ley de Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo Entrerriano. Desde la Fundación Mbiguá se destacó la implementación de una norma que brinda protección a los bosques nativos de la provincia. Sin embargo, los ambientalistas cuestionaron tres aspectos centrales en la elaboración del proyecto aprobado: la escasa participación de los actores involucrados, la autoridad de aplicación dispuesta y, finalmente, el tiempo transcurrido desde el surgimiento de la iniciativa hasta la aprobación de una norma desarrollada en función de datos ya desactualizados.
Luego de recibir en la mañana del martes detalles del proyecto de ley del Poder Ejecutivo, los senadores de la provincia dieron sanción definitiva en la sesión de la noche a la norma que regula la protección del Bosque Nativo e impulsa un plan de ordenamiento territorial. El proyecto había ingresado en la sesión proveniente de diputados, que lo trató a mediados de diciembre de 2013.
La iniciativa tratada señala que quedan sometidos al régimen propuesto “todos los ecosistemas forestales naturales compuestos por especies arbóreas nativas maduras, con diversas especies de flora y fauna asociados, en conjunto con el medio que los rodea, suelo, subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos, conformando una trama independiente con características propias y múltiples funciones que en su estado natural le otorgan al sistema una condición de equilibrio dinámico y que brindan a la sociedad servicios ambientales, además de los recursos naturales con posibilidades de utilización económica”.
Frente al nuevo escenario dispuesto por la sanción definitiva del proyecto del Ejecutivo Provincial, desde Fundación Mbiguá, si bien se consideró “importante” contar con una norma que procure la protección de los bosques nativos en la provincia “en el sentido de lo dispuesto por las leyes ambientales nacionales de presupuestos mínimos”, se cuestionaron al menos tres aspectos centrales que atraviesan la génesis del proyecto ahora sancionado: la escasa participación de los actores involucrados, la autoridad de aplicación dispuesta y el tiempo transcurrido desde el surgimiento de la iniciativa hasta la aprobación de la norma.
“Es lamentable que esto se haya producido con tan poca participación de los actores involucrados; debe tenerse presente que todas las provincias vecinas (Santa Fe, Buenos Aires, Chaco) han logrado su normativa convocando a audiencias públicas y debatiendo el texto en forma abierta, participativa y transparente; esto no se ha dado en nuestro caso, lo cual nos obliga, atento a antecedentes como la denominada Ley de Arroz en el Delta, a mirar con mucho más detenimiento los aspectos técnicos de la ley”, señaló Jorge Daneri, coordinador de proyectos de la Fundación Mbiguá. Además, el abogado sostuvo “que la legislación nacional establece la obligatoriedad de desarrollar las herramientas participativas de audiencias públicas y acceso a la información en tiempo oportuno y debidamente convocadas por los medios de prensa de mayor difusión. Y estas cuestiones que no se cumplieron esta vez”.
Al mismo tiempo, desde la organización ecologista local se recordó que en instancias de tratamiento del proyecto en la Cámara de Diputados se presentaron oportunamente observaciones que, como ahora se evidencia, no fueron tenidas en cuenta al menos en aspectos fundamentales.
En ese sentido, Diego Rodríguez, director ejecutivo de Mbiguá, puntualizó la errata de “mantener como autoridad de aplicación al Ministerio de la Producción y no incorporar a la Secretaría de Ambiente en la política de protección del Bosque Nativo”. Y en la misma dirección precisó que “nos parece un error en tanto que la agenda verde y de áreas naturales protegidas debería estar en ésta última cartera y no en Producción ni en Turismo como se ha pretendido hacer recientemente; la delegación excesiva de facultades reglamentarias en el Poder Ejecutivo también permite, erróneamente, que se distorsione el objeto de la ley”.
En síntesis, expresaron desde Mbiguá, “no se advierte una apropiación conceptual y normativa de los lineamientos de la constitución provincial en el texto de ley” y consideraron que “todos estos puntos pudieron haberse discutido en el ámbito legislativo a través de un diálogo abierto como lo tuvo en su momento la Mesa de Protección del Bosque Nativo hasta el año 2010”.
Otro aspecto nocivo que contamina la normativa sancionada, consideró Rodríguez, es el tiempo. “En Entre Ríos una de las primeras personas que nos alertó sobre la necesidad de proteger el bosque fue el ingeniero Juan de Dios Muñoz durante la última década del siglo pasado, lo que durante 2004 nos movilizó a reclamar judicialmente éste protección. Juan falleció en el 2007, la mesa de bosque nativo tuvo su última reunión en 2010 y recién podemos contar con un texto sancionado en 2014, es decir que el proceso judicial e institucional, con Reforma Constitucional en el medio, nos llevó diez años y aún habrá que esperar las reglamentaciones”, analizó el abogado.
No se trata, reflexionaron, de sopesar las demoras del Estado provincial en avanzar sobre un problema sensible, sino fundamentalmente de las consecuencias de esa laxitud: “Hay que tener en cuenta que los datos técnicos de base utilizados en la ley sancionada son los que ha desarrollado la UNER y el INTA en 2009, es decir que la ley toma como línea de base una realidad de hace cinco años atrás. Habrá que esperar su implementación y veremos si Charles Chaplin tenía razón cuando decía El tiempo es el mejor autor pues siempre encuentra un final perfecto”, manifestó Rodríguez.
Fuente: Mbiguá
(La Nota digital)















