Los mentideros políticos arden en La Paz. La lista de unidad que impulsan desde distintos sectores del PJ departamental es rechazada por «El candidato» Carlos Bilbao.

bilbao nogueira

Sergio Castrillón volvió mansamente a las filas del PJ. El gobernador Sergio Urribarri le dio luz verde para disputar la intendencia de La Paz. Tiene un perfil muy parecido a Carlos Bilbao (hijo de «Yoyi» Bilbao fundador de la Unión vecinal): profesional, clase media-alta, peronizados ambos.

Carlos Camaratta era la posibilidad de Bilbao para «hacer pie» en los barrios: el candidato a gobernador, Gustavo Bordet le pidió hace 2 meses a Camaratta (cercano al Movimiento Evita) que «se baje» de su candidatura a intendente en honor a la «unidad del peronismo». Ahora Camaratta suena fuerte como Vice-intendente de Sergio Castrillón, hermano de Emilio «Quete» Castrillón, histórico dirigente y operador del PJ, que también pone «huevos» en varias canastas: la de José Nogueira, impulsando a su hijo, Álvaro Castrillón como Concejal; y la de César Búcalo-José Esquivel, fórmula filo-kirchnerista del PJ.

sergio castrillon

El Artículo Nº 234

Carlos Bilbao tiene miedo a los arreglos de cúpula. Ya lo dejaron afuera al actual intendente Joselo Nogueira y él mismo tuvo que salir a desmentir una operación de prensa que lo «bajaba» de la pre-candidatura a jefe de gobierno de la norteña ciudad.
La oposición de adentro -y de afuera- lo amenaza con la impugnación de su candidatura a intendente por el obstáculo que le pone el Artículo Nº 234 de la Constitución de Entre Ríos:

El departamento ejecutivo está a cargo de un funcionario con el título de presidente municipal, que es elegido por el voto directo del pueblo a simple pluralidad de sufragios. En la misma fórmula y por el mismo período se elegirá un vicepresidente municipal.
En caso de empate en el comicio, se convocará a nuevas elecciones dentro del plazo de diez días de concluido el escrutinio, entre las fórmulas que hayan igualado, debiendo el acto eleccionario realizarse dentro de los veinte días subsiguientes.
Para ser presidente y vicepresidente municipal, se requiere tener como mínimo veinticinco años de edad y cuatro años de residencia inmediata en la jurisdicción.
Durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelectos o sucederse recíprocamente por un período consecutivo más y luego sólo por períodos alternados.
En caso de ausencia definitiva del cargo del presidente municipal, sus funciones serán desempeñadas por el vicepresidente, que las ejercerá durante el resto del período constitucional.
Cuando el impedimento sea temporal y no exceda de cinco días hábiles, será reemplazado mientras dure el mismo, por un secretario municipal. Cuando el impedimento exceda el plazo precedentemente señalado, ejercerá sus funciones el vicepresidente municipal.

«Durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelectos o sucederse recíprocamente por un período consecutivo más y luego sólo por períodos alternados»: es lo que le imputan a Bilbao. Distanciarse del Espíritu Democrático de la Constitución, que le permite estar solamente 8 años consecutivos acompañando al Intendente y luego esperar un período de 4 años para volver. «Bilbao dice que habló con (Rosario) Romero y (Raúl) Barrandeguy, que puede ocupar otra vez un cargo en el Poder Ejecutivo Municipal, a pesar del artículo Nº 234, pero sabe que pone en riesgo todo el armado municipal ante una impugnación», señaló un dirigente del sector de Castrillón.

(La Nota digital)

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