La directora del Instituto Provincial de Discapacidad (Iprodi), Flavia Mena, estuvo en Santa Elena junto al intendente Daniel Rossi, el senador Aldo Ballestena y la Directora Departamental de Educación Norma Dasso, para establecer una Junta Evaluadora de Discapacidad en esa ciudad, que funcionará para todo el departamento La Paz.
«Descentralizar y optimizar los servicios para la obtención del Certificado Nacional de Discapacidad es esencial para lograr que mayor cantidad de entrerrianos puedan acceder con facilidad a esta herramienta que permite el acceso al sistema de cobertura de salud, educación, seguridad social e incluso transporte», dice el comunicado oficial.
Esta Junta emitiría el Certificado Nacional de Discapacidad, que es el documento público, de alcance nacional, que acredita la situación de discapacidad de una persona.
Mena recordó que «ya existen en varios departamentos y esta medida se adopta con el objeto de que los entrerrianos en sus distintas latitudes puedan obtener el certificado único de discapacidad”.
La Junta es multidisciplinaria, se encuentra conformada por profesionales médicos, trabajadores sociales y psicólogos, quienes realizan la entrevista de evaluación conforme la normativa vigente y criterios de certificación nacional e internacional.
¿Qué derechos otorga el Certificado?
– Cobertura integral de las prestaciones establecidas en las Ley Nacional Nº 24.901.
– Transporte Público de Pasajeros en forma gratuita, en todo el territorio nacional Decreto Nº 38/2004 PEN – Ley Provincial Nº 9.891.
– Regímenes especiales de Seguridad Social (Ley Nacional Nº 22.431, Capítulo III y Ley Provincial Nº 9.891, Capítulo VI)
-Becas INAUBEPRO para alumnos con discapacidad que cursen regularmente sus estudios en el nivel inicial, primario, secundario y superior (terciario y universitario) Ley Provincial Nº 9.891, art. 19.
-Cupo del 5% de las viviendas construidas por el Instituto Autárquico Provincial de la Vivienda (IAPV) o ejecutadas en el marco de programas y planes de viviendas nacionales. Ley Provincial Nº 9.891, art. 30.
Además facilita la realización de gestiones como:
– Exención del impuesto a los automotores (pago de la patente) (Código Fiscal Provincial art. 268 inciso i) (ATER)
– Gestión libre tránsito y estacionamiento en distintas ciudades (de conformidad con las Ordenanzas Municipales vigentes)
– Obtención del Símbolo Internacional de Acceso para el automóvil (logo) (Ley nº 19.279, art. 12 y Decreto Reglamentario Nº 1313/93) (SNR)
– Obtención franquicia para la compra de automotores (Ley Nº 19.279 y Decreto Reglamentario Nº 1313/93) (SNR)
(La Nota digital)














