«Aunar esfuerzos y aportes económicos de distinta naturaleza para lograr contención, desarrollo y fortalecimiento de los micros y pequeños productores argentinos», es el objetivo central de un proyecto de ley presentado el año pasado por el diputado nacional Julio Solanas que propone la creación de Consorcios Productivos de servicios sociales.
El Secretario de Agricultura Familiar, Emilio Pérsico junto al Subsecretario, Osvaldo Chiaramonte y el coordinador de Entre Ríos, Emiliano Gómez Tutau, mantuvieron una reunión con el diputado a fin de analizar el proyecto de ley y la importancia de su tratamiento.
Según expresa la iniciativa, los Consorcios Rurales «serán Asociaciones Civiles de servicios a la comunidad, que estarán integrados por vecinos de una zona determinada y que podrán actuar para sí y también para terceros. Se prevé la colaboración entre consorcios vecinos y promueve que se adquieran y usen en común maquinarias y tecnologías».
Otro de los objetivos de la norma es «jerarquizar modelos productivos sustentables para la agricultura familiar a partir del asociativismo e incorporar tecnologías apropiadas». También hace hincapié en la necesidad de brindar a la comunidad circundante la atención primaria ambiental, «ejerciendo la función de monitoreo, difusión y cuidado de las prácticas ambientales, y también gestionar y organizar la comercialización en forma asociada generando los instrumentos adecuados, para el acceso a los distintos mercados».
Los funcionarios y el diputado debatieron sobre el alcance de la norma, sus objetivos y viabilidad en la captación de fondos que se destinen específicamente para la agricultura familiar.
La autoridad de aplicación según explica el documento de la ley, «será determinada por el Ejecutivo Nacional y tendrá su sede en Paraná». Respecto al financiamiento se establece la creación de un Fondo Específico que será administrado por los consorcios y estará conformado por los montos que la Nación destine, derivados de las retenciones a la exportación de los productos agrarios y ganaderos, dinero efectivo por el pago de las cuotas sociales de los socios, del producido de toda obra o trabajo que realice el consorcio, de subsidios, donaciones o legados; además de los recursos que las provincias adherentes le destinen.
Fuente: Agricultura Familiar Entre Ríos
(La Nota digital)














