Presentan un amparo contra el desfinanciamiento de la educación técnico profesional.
Un grupo de estudiantes, familiares y docentes de escuelas técnicas presentó una acción de amparo en la Justicia para intentar frenar la aplicación del artículo del Presupuesto 2026 que desfinancia la educación técnico profesional.
Indica la Agencia APF que e trata del artículo que «derogó», entre otros puntos, el fondo nacional que sostenía a las escuelas técnicas, y las familias buscan que el financiamiento sea restablecido al advertir que la modificación prevista por el nuevo presupuesto de Javier Milei es «inconstitucional».
Fueron tres las modificaciones concretas contra el financiamiento educativo que estableció el Artículo N°30 del presupuesto ya aprobado por ambas cámaras: eliminó la meta de financiamiento del 6 por ciento del PBI fijada por la Ley de Educación Nacional (LEN), derogó los artículos de la Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación que fijaban los parámetros de financiamiento para el área, y borró de un plumazo el Artículo N°52 de la Ley de Educación Técnico Profesional (ETP), artículo que establecía que el fondo para esa modalidad educativa debía garantizar un mínimo del 0,2 por ciento del presupuesto destinado al Sector Público Nacional para complementar los recursos que la Secretaría de Educación ya asigna a otros programas de inversión en escuelas.
Un golpe directo al sostenimiento de la formación técnica, ubicado en un contexto generalizado de desfinanciamiento a la modalidad: “El recorte alcanza al 93 por ciento en el presupuesto 2026 respecto a valores equivalentes de 2023. Se disponen sólo 11 mil millones de pesos y no 322 mil millones, como establece el 0,2 por ciento que propone la ley de ETP”, advierten el colectivo que presentó el amparo y agrega que “está claro que a Javier Milei y su Gabinete no les interesa tener un país con producción nacional y por esto mismo tampoco tienen interés en tener un país con Técnicos profesionales”.
La acción fue presentada formalmente por dos estudiantes de escuelas técnicas acompañados por sus padres y en representación de un colectivo mayor que, según indicaron integrantes del grupo, está compuesto por familiares, estudiantes y docentes de distintas escuelas.
Las y los amparistas advierten que son cinco los puntos que conforman la inconstitucionalidad del artículo. En primer lugar, subrayan que “una ley anual de presupuesto no puede derogar leyes permanentes que reconocen y garantizan derechos fundamentales”, como lo es la ley de ETP: “Usar una ley de presupuesto para derogar normas sustantivas constituye un desvío del Poder Legislativo y una violación al principio republicano”.
En segundo lugar, sostienen que el artículo viola el derecho constitucional a la educación, que “para ser real exige financiamiento suficiente, continuo y previsible”. “Eliminar los pisos legales de inversión implica vaciar el derecho de contenido, transformándolo en una promesa formal sin sustento material”, afirman y remarcan que, en un tercer punto, el nuevo presupuesto “viola el principio de progresividad y la prohibición de regresividad”, ya que “deroga normas que garantizaban mínimos de inversión, eliminando protecciones ya consolidadas”.
Es “discriminatorio”, alertan en cuarto lugar, al señalar que “el impacto del Artículo N°30 no es igual para todos, quienes tienen recursos podrán pagar educación privada y, quienes no, quedarán afuera”.
El quinto punto explica, por último, que la decisión “compromete derechos en desarrollo y torna ilusoria la tutela judicial” porque “la educación no es un derecho estático, sino un derecho en desarrollo y las trayectorias educativas no se pueden ‘pausar’ y retomar sin daño”.
CABA
El amparo quedó radicado en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario N°11 de la Ciudad de Buenos Aires y reclama la restitución de todo lo derogado por el Artículo N°30, no sólo en lo que atañe a la educación técnica sino a toda la educación en general. El juzgado deberá decidir, primero, si levanta la feria judicial para tratar el tema y luego fallar sobre la cautelar solicitada.













