El Dr. Pagliotto intimó al Gobernador para frenar el nuevo contrato de comedores escolares.

Indica Radio La Voz que la polémica por la contratación de la empresa porteña Teknofood S.A. para abastecer de desayunos y meriendas a las escuelas públicas de Entre Ríos sumó este domingo un nuevo capítulo. Según surge de la intimación presentada por el Dr. Rubén Pagliotto, el gobernador Frigerio fue emplazado formalmente para suspender la entrada en vigencia del contrato, prevista para el 1° de agosto, por considerar que podría entrar en contradicción con la Ley Nacional de Promoción de la Alimentación Saludable, la normativa provincial vigente y el marco constitucional y convencional que protege el derecho a la salud y a una alimentación adecuada de niños, niñas y adolescentes.

En la presentación, el letrado aclara que su planteo no busca cuestionar una política pública por razones de oportunidad o conveniencia, sino evitar que el Estado avance con una decisión que, «de confirmarse las circunstancias conocidas hasta el presente», podría vulnerar normas legales, constitucionales y tratados internacionales sobre derechos humanos.

Rubito Pagliotto sostiene que el nuevo esquema reemplaza el sistema descentralizado de adquisición de alimentos frescos por otro centralizado basado en productos industrializados, sobre el cual —afirma— existen cuestionamientos formulados por profesionales de la nutrición y otros especialistas respecto de su compatibilidad con los estándares exigidos para los establecimientos educativos.

CIRCULAR N°2

Otro de los puntos centrales del planteo es la presunta incompatibilidad del nuevo sistema con la propia normativa vigente en Entre Ríos. Pagliotto recuerda que la Dirección de Comedores Escolares, mediante la Circular N° 2/2023, dispuso la implementación de los lineamientos establecidos por la Ley Nacional 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, cuyo artículo 12 prohíbe la provisión, comercialización y distribución dentro de los establecimientos educativos de alimentos y bebidas que posean uno o más sellos de advertencia en su etiquetado frontal.

TEKNOFOOD

Los productos que suministraría Teknofood S.A. serían, en su mayoría, alimentos ultraprocesados con ese tipo de advertencias, por lo que considera que su distribución en las escuelas resultaría incompatible con la legislación vigente y con los estándares nutricionales fijados por la propia Provincia.

SIN INFORMACIÓN OFICIAL

En el escrito recuerda que el pasado 20 de julio presentó un pedido de acceso a la información pública ante la ministra de Desarrollo Humano para conocer la totalidad de los antecedentes administrativos, técnicos, nutricionales y bromatológicos vinculados al contrato con Teknofood S.A. Sin embargo, afirma que hasta la fecha no obtuvo respuesta, lo que — expresa— agrava la incertidumbre e impide el adecuado control ciudadano sobre una decisión que compromete la alimentación de miles de alumnos entrerrianos.

Reclamó que el Gobierno provincial remita copia autenticada del decreto, resolución o acto administrativo mediante el cual se adjudicó la contratación, además de los fundamentos técnicos, socio-nutricionales y jurídicos que respaldaron esa decisión. También solicitó que toda esa información sea remitida dentro del plazo perentorio e improrrogable de 72 horas desde la recepción de la intimación.

INTIMACIÓN

Ya terminando, el Dr. Pagliotto intima al gobernador a disponer la suspensión inmediata de la implementación del nuevo sistema hasta tanto se acredite, mediante informes técnicos, científicos, nutricionales y bromatológicos objetivos e independientes, que la provisión de esos alimentos se ajusta a la Ley Nacional 27.642, a la Circular N° 2/2023 y al resto del marco legal aplicable. Asimismo, advierte que, de no obtener una respuesta favorable, promoverá una acción de amparo con pedido de medida cautelar innovativa para impedir la entrada en vigencia del contrato.

DENUNCIA PENAL

Anticipa que también presentará una denuncia penal para que se investigue la eventual comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, previsto en el artículo 248 del Código Penal, sin perjuicio de cualquier otra figura que pudiera surgir de la investigación y de las pruebas que eventualmente se produzcan para determinar las responsabilidades de los funcionarios que hubieran intervenido en la contratación.

imagen. archivo

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