El Tribunal de Cuentas de Entre Ríos pudo determinar, cinco años después, que la quema de alimentos destinados a planes sociales, ordenada por la ex ministra de Salud y Acción Social Graciela López de Degani, en junio de 2005, supuso un perjuicio al Estado provincial de 2.485.984,73 pesos. No se pudo determinar el volumen de la mercadería que se incineró, por cuanto buena parte de la documentación no fue hallada. En 2008 la Justicia entendió que no hubo responsabilidad penal por los hechos y sobreseyó a los responsables, pero ahora podría entablarse una demanda civil para reclamar a los involucrados el resarcimiento del daño causado al Estado.
La quema había sido ordenada por el Instituto de Control de Alimentos, cuando estaba dirigido por el hoy responsable de Lucha contra las Adicciones, Mario Elizalde, en razón de que buena parte de los productos estaban vencidos o habían sido invadidos por las ratas en el depósito ubicado en el predio del Ejército, donde se guardaban.
La mercadería había sido comprada con una inversión superior a los 6 millones de pesos, aportados en su mayor parte por la Nación, en el marco del plan “El hambre más urgente”. Según el Tribunal, de la documentación reunida en cinco años de investigación y de los testimonios recogidos, se pudo deducir “que no medió un adecuado plan de recepción y entrega programada de mercaderías, no obstante el importante monto invertido, entendiendo que primó la imprevisión, negligencia en quienes tenían la responsabilidad, control y distribución de las mercaderías”, por lo cual, agrega el dictamen al que accedió El Diario, se acreditó el “nexo causal entre la negligencia y el daño producido al fisco”.
Indica Análisis que aquel escándalo le costó a López de Degani el cargo de ministra en el gabinete de Busti, y de coordinador del depósito general a Hugo Musto, pero ninguno se quedó sin empleo: la ex funcionaria continuó con su función de instructora de residentes en el Hospital San Martín, y Musto fue reubicado en la Cámara de Diputados.
Un pormenorizado informe producido por Alicia Mariela Gamarra, abogada del Tribunal de Cuentas, sigue en detalle cómo fue que ocurrió aquel escándalo de la quema de alimentos que habían sido adquiridos por la Provincia con fondos nacionales por un valor de 6.912.000 pesos y destinados a “familias de mayor vulnerabilidad socio-sanitaria”, según el texto del decreto Nº 2.706 del año 2004 por el cual se aprobó el convenio marco con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
El texto contiene un dato clave: antes de que ocurriera la incineración de alimentos que se dejaron vencer o que fueron dañados por roedores, un equipo de auditores del Tribunal de Cuentas había alertado, ya en marzo de 2005, respecto de las deficiencias en el depósito ubicado en Alvarado y Avenida Ejército, en Paraná. Esas anormalidades fueron puestas en conocimiento del entonces gobernador Jorge Busti, y también se notificó a la ministra de Salud y Acción Social, Graciela López de Degani. En junio ocurre lo anunciado: mucha mercadería se daña, y debe quemarse, por orden de Bromatología.
El hecho se conoció el 14 de junio, y luego las autoridades debieron reconocer lo sucedido, lo que dio lugar a la presentación de una denuncia en la Justicia por parte del entonces diputado provincial radical Osvaldo Fernández. La causa, caratulada “López, Graciela Delia – Musto Hugo Alberto s/Incumplimiento de deberes de funcionarios públicos”, sin embargo no prosperó: el 8 de octubre de 2008 el Superior Tribunal de Justicia sobreseyó a los dos involucrados, López de Degani y Musto.
A pesar de ese trámite judicial y “no obstante el sobreseimiento dictado” en la causa penal, el Estado estaría en condiciones de entablar una demanda civil en procura de establecer “si ha mediado una falta o culpa civil que lo responsabilice (al funcionario) pecuniariamente”, según lo que escribió en diciembre último la abogada Gamarra. Aunque el dictamen Nº 16.220, de febrero pasado, firmado por la contadora Irupé de Rodríguez, Fiscal de Cuentas Nº 3, plantea que en función de los datos recabados en la investigación, se pudo determinar “responsabilidades de los funcionarios y agentes involucrados, generando la obligación de resarcir al erario provincial por el perjuicio ocasionado”.
Aunque el Tribunal de Cuentas pudo establecer el perjuicio económico al Estado, no pudo sin embargo certificar la cantidad exacta de la mercadería incinerada por cuanto la documentación que dio cuenta de eso no pudo ser hallada. Pero de lo que no quedaron dudas fue del “desorden con el que se desempeñaban las tareas en el ámbito del depósito concentrador que trajo aparejado la pérdida de alimentos”.
“Asimismo –añade el dictamen del Tribunal de Cuentas–, la responsabilidad podría alcanzar en forma solidaria a la doctora López de Degani quien, al momento de los sucesos, cumplía las funciones de ministro de Acción Social”, y concluye que “si bien queda demostrada la responsabilidad del señor Hugo Musto, también surge una falta del debido control por parte de la señora ministro”.
Dice el Tribual que la responsabilidad sería “solidaria” por parte de la ex ministra “quien ocupaba el mencionado cargo al momento en que acontecieran las irregularidades, quien con su conducta negligente, contribuyó a que se ocasionara un perjuicio al erario público lo que surge con claridad de la documentación reunida”.
“De la documental aportadas en las presentes actuaciones –escribe Gamarra– surge que no medió un adecuado plan de recepción y entrega programado no obstante el volumen dinerario involucrado. Pareciera haber sido la imprevisión y la negligencia las características de la Licitación bajo análisis, entendiendo que la inobservancia de los recaudos mínimos en el cuidado de las mercaderías correspondientes a la Licitación analizada, acreditan el nexo causal entre la negligencia y el daño producido al fisco”.
La responsabilidad ahora de entablar la demanda civil le corresponderá a la Fiscalía de Estado.
(La Nota digital)













