«Régimen unificado de protección a la maternidad, la paternidad, la adopción y la niñez», así se titula la iniciativa promovida por la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER) en la legislatura provincial. El gremio ya puso a consideración el anteproyecto para que sea analizado y debatido. El régimen prevé un sistema único, al tiempo que propone una ampliación de licencia por maternidad.
Si bien en abril el diputado provincial Eduardo Jourdán presentó un proyecto con la pretensión de ampliar la licencia por maternidad de 90 a 180 días -que logró la media sanción-, en la Cámara Alta se aspiran a incorporar las modificaciones sugeridas por el sindicato para que la iniciativa regrese y sea aprobada con los nuevos puntos.
El senador provincial Juan José Panozzo calificó la iniciativa como «superadora», al considerar que se realizan aportes que servirán para enriquecer el debate sobre los cambios que pretenden concretar. Actualmente, la propuesta de Jourdán está en revisión del Senado y pasó a la comisión de Legislación General.
Panozzo mencionó que las licencias especiales (para el padre en caso del fallecimiento de la madre durante el parto o por hijos con discapacidad), «son todos aspectos que hasta el momento no se habían tenido en cuenta, y es importante que la provincia los legisle, que ya comienzan a ser avalados en otras provincias del país», mencionó.
La propuesta de la AGMER, que incluye a los agentes de los tres poderes del Estado, fija en su artículo 3º que la licencia por maternidad será por 180 días, en forma desdoblada: 30 días antes del parto y 150 días después del alumbramiento. El mes previo al nacimiento podrá ser reducido a 15 días y las dos semanas restantes se sumarán a los 150 días propuestos para luego del parto.
El mismo período alcanzará cuando se trate de padres adoptivos.
Y agrega que el agente cónyuge o pareja conviviente de la mujer embarazada tendrá derecho a 10 días hábiles por nacimiento de hijo o por otorgamiento de tenencia con fines de adopción y dos días hábiles por casamiento de hijo.
«En los aportes que realizan contemplan una licencia para la pareja o cónyuge, y esto se da en el marco de la Ley de Matrimonio Igualitario, refiriéndose a cuestiones relacionadas a la pareja y no al varón y a la mujer, exclusivamente», destacó el senador justicialista del Departamento Federación.
En el proyecto presentado se abarca a todas las reparticiones u organismos centralizados, descentralizados, entes autárquicos, empresas del Estado provincial, sean de planta permanente, temporaria o contratados.
En el supuesto de nacimiento de hijos con discapacidad congénita se aplicará la norma que contempla estas situaciones. En caso de nacimiento antes de término, la licencia se acumulará íntegramente al descanso posterior al parto. Si se presenta un recién nacido prematuro, la licencia por maternidad se extenderá hasta 180 días corridos luego del alta hospitalaria del niño. La agente deberá informar el estado de embarazo a las 12 semanas de transcurso del mismo.
En tanto, proponen que la empleada que acredite que se le ha otorgado la tenencia de uno o más niños con fines de adopción, gozará de los mismos beneficios previstos en la presente, a partir de la fecha de otorgamiento de la tenencia. Si por cualquier causa el o los niños debieran reintegrarse a la institución de guarda, la licencia caducará automáticamente a partir del día hábil siguiente, debiendo el agente presentar constancia que acredite la fecha de reintegro.
Extensión
En el artículo 5º de la propuesta indica que «el agente cónyuge o pareja conviviente de la mujer embarazada, dependiente de los tres poderes del Estado provincial, cualquiera sea su antigüedad y situación de revista, tendrá derecho a 10 días hábiles por nacimiento de hijo o por otorgamiento de tenencia con fines de adopción y dos días hábiles por casamiento de hijo.
Del mismo modo, aspiran a que se conceda licencia de 90 días por cuidado especial de los niños al cónyuge o al agente del Estado Provincial en quien recaiga la tenencia judicial, en caso que la mujer o pareja conviviente en aparente matrimonio falleciera como consecuencia del parto o puerperio o por cualquier otra causa dentro del período de licencia por maternidad, siempre que el niño continúe con vida.
Además de establecer horas reducidas de trabajo durante el período de lactancia, apunta a equiparar el monto de salario familiar que perciben los agentes del Estado al valor que establecido para la Asignación Universal por Hijo.
Fuente: radio LT14
(La Nota digital)













