El Superior Tribunal de Justicia — STJ denegó el recurso extraordinario a la Dra. Cecilia Goyeneche.

Por información a la que pudo acceder Radio La Voz, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos — STJER) — denegó hace pocas horas la concesión del Recurso Extraordinario Federal planteado por Cecilia Andrea Goyeneche, ex-procuradora adjunta y ex-fiscal Anticorrupción de la Provincia de Entre Ríos. Así, el Máximo Tribunal entrerriano rechazó una de las últimas instancias con las que contaba Goyeneche para la revisión por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ante este panorama, sólo le quedaría la posibilidad de recurrir en queja.

La sentencia del STJER de hoy denegó el Recurso Extraordinario Federal contra la sentencia anterior del Superior, que el 10 de marzo de este año rechazó el Recurso Extraordinario de Inconstitucionalidad interpuesto contra la sentencia del 24 de mayo de 2022 dictada por el Honorable Jurado de Enjuiciamiento y por la que Goyeneche había argumentado que la misma había confirmado una decisión “ilegítima y arbitraria”, en el marco de un proceso en el cual supuestamente no se respetaron ninguna de las garantías del derecho de defensa. Incluso sostuvo que fue juzgada por una típica “comisión especial” que la Constitución Nacional y los tratados internacionales con jerarquía constitucional prohíben, y cuestionó la decisión del Jurado de Enjuiciamiento de remover del proceso a la totalidad del Ministerio Público Fiscal, entre otras objeciones. Por lo tanto, había considerado que existe cuestión federal, en tanto se encuentra en tela de juicio el alcance de su derecho de defensa en juicio, en particular, a ser juzgada por los jueces naturales y un órgano imparcial.

Previamente a la decisión del STJ de este martes, en representación del Ministerio Público Fiscal dictaminó la Procuradora Adjunta interina Mónica Elizabeth Carmona, propiciando la concesión del recurso, por entender que la separación de la totalidad de los funcionarios del MPF de la actuación como parte acusadora en el Jury era un agravio de rango constitucional suficiente para que se aceptara el planteo de Goyeneche.

La pretensión de la exprocuradora fue rechazada por UNANIMIDAD por los miembros del STJ Germán Carlomagno, Miguel Ángel Giorgio, Leonardo Portela, Laura Mariana Soage y Gervasio Labriola. El primero en votar fue Giorgio, quien afirmó que “no se encuentran presentes ninguno de los supuestos de procedencia contenidos en el artículo 14 de la ley 48 que define las distintas hipótesis que pueden llegar a constituir una cuestión federal como tampoco en algunas de las causales creadas en forma pretoriana por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

Agregando además que: “En definitiva, los reproches que exhibe el recurso giran en derredor de cuestiones procesales y de Derecho Público local, en el marco de un proceso político de remoción, asuntos que por regla son ajenos a la instancia extraordinaria de la CSJN”. Y más adelante: “No se advierte aquel perjuicio real y concreto que dice haberle ocasionado las supuestas irregularidades procesales que denuncia”.

Consideró que los argumentos de Cecilia Goyeneche son “vagos, imprecisos y conjeturales”. Y enfatizó: “Nada dice para acreditar cómo es que se vio dificultada de ejercer su derecho de defensa; no dice de qué defensa se la privó, qué argumentos no pudo dar, qué pruebas conducentes o relevantes no pudo producir, sino que se limita a volcar afirmaciones generales, formalistas y alarmistas sin atención a las concretas y singulares circunstancias del caso”.

A su voto adhirieron Portela y Soage.

Posteriormente, Carlomagno se remitió a las palabras de Giorgio y acotó que “no aparece configurada la cuestión de índole federal que requiera el ejercicio de la facultad jurisdiccional de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, toda vez que el embate de la recurrente conduce a la ponderación de normas de derecho público local”, cuyo tratamiento por la Corte no corresponde.

Por último, Labriola adhirió también a la denegación del recurso, por lo que se logró la mayoría absoluta requerida por la ley para el dictado de la sentencia.

——————————–

Para suscribirte con $ 1500/mes a LNd hace click aquí

Tendencias