El artículo N° 234 de la Constitución de Entre Ríos establece que “para ser Presidente y Vicepresidente Municipal, se requiere tener como mínimo veinticinco años de edad y cuatro años de residencia inmediata en la jurisdicción”.
El ex Presidente del IOSPER, Silvio Moreyra ha manifestado su inquietud de ser intendente de Santa Elena desconociendo el Art. N° 234 de la Constitución de Entre Ríos: requiere de 4 años de residencia inmediata en la jurisdicción; siendo que su domicilio lo tiene radicado en la capital entrerriana (ver imagen de la Cámara Nacional Electoral – CNE).
Cambio de escenario
En este caso, el ex jefe del IOSPER, hoy enfrentado con Daniel Rossi, si podría candidatearse a Diputado provincial; empujando al intendente José Nogueira a pelear una posible candidatura en el Senado y, en este caso, disputando el lugar a Carlos Barbosa, director de Juntas de Gobierno, y Cristian Ruival, delegado Departamental de la secretaría de Agricultura Familiar de la Nación.
Fuente: Santa Elena digital
(La Nota digital)















