La Justicia provincial solicita Estudios de Impacto Ambiental.
El juez de Feria Hugo Gonzalez Elias ordenó al Estado provincial suspender toda tramitación administrativa que tenga por finalidad obtener una autorización de emprendimientos de canteras y/o plantas de lavado de arenas silíceas en el Delta entrerriano, al hacer lugar a la medida de prohibición de innovar solicitada por la Fundación Cauce: Cultura Ambiental-Causa Ecologista.
La medida cautelar fue dispuesta en el marco del legajo “Fundación Cauce: Cultura Ambiental-Causa Ecologista y otro c/Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otros s/ Acción de amparo (ambiental)”. Su alcance también incluye a la Municipalidad de Ibicuy, que tampoco podrá extender certificados de aptitud ambiental que autoricen el funcionamiento de más canteras. Pero fue otro juez de feria, Hugo González Elías, al igual que Acevedo vocal de la Cámara en lo Contencioso Administrativo.
La Fundación Cauce: Cultura Ambiental – Causa Ecologista presentó ante la jueza de feria Adriana Acevedo una medida cautelar que ordene a las autoridades públicas provinciales, que se abstengan de habilitar nuevas canteras en la zona de extracción de arenas silíceas en el territorio provincial.
El escrito fue presentado a partir de la noticia, publicada el 11 de enero en Entre Ríos Ahora Verde (ERA Verde), que informaba sobre la realización de audiencias públicas en el departamento de Islas del Ibicuy para la instalación de dos canteras y planta de lavado en la provincia. En caso de que se realicen estos emprendimientos, previstos entre los kilómetros 181 y 183 de la ruta nacional Nº12 del distrito Ceibas, se estaría incumpliendo un mandato judicial firme, dijo la entidad.
«En efecto, se estaría desobedeciendo la orden judicial dictada por la jueza Valentina Ramírez Amable: vulnerando de manera flagrante los principios de prevención y precaución, ante la clara e imperiosa necesidad de revertir la situación extractiva sin control que continúa ocurriendo en la zona», alertó.
Efectivamente, el 27 de mayo de 2022 la Justicia ordenó al Gobierno entrerriano y a la Municipalidad de Ibicuy -en el departamento Islas, en el sur de la Provincia- «la suspensión preventiva y precautoria de todo trámite municipal y/o provincial de otorgamiento, habilitación y/o renovación, de permisos de uso, certificados de aptitud ambiental y/o finalización de trámites de Evaluación de Impacto ambiental que se relacionen con emprendimientos de extracción de arenas silíceas y/o de plantas de lavado de arenas silíceas hasta tanto se concluya la confección del Estudio de Impacto Ambiental acumulativo ordenado».
El juez Gonzalez Elias consideró irrelevante la ubicación del proyectado emprendimiento por entender que, conforme lo establece la Constitución de Entre Ríos, es obligación del Estado provincial garantizar un ambiente sano y equilibrado. Y recordó que el Estado “debería ser el primero que aguarde los trascendentales resultados del Estudio de Impacto Ambiental en ciernes para lograr, ni más ni menos, el objetivo referido: el desarrollo económico sustentable cuidando los preciados recursos naturales existentes a lo largo y a lo ancho de nuestra provincia”.
Respecto de la admisibilidad del planteo, el magistrado señaló que “al advertirse la manifiesta presencia de verosimilitud en el derecho invocado y el peligro en la demora de no concretarse prontamente lo que aquí se ordena, corresponde hacer lugar a la medida de no innovar disponiendo que el Estado provincial cumpla con la medida judicial dispuesta en esta causa, aclarando que ella comprende como ‘zona afectada’ al Delta entrerriano y no limitando los efectos exclusivamente al Departamento Islas del Ibicuy por las razones dadas”.
